Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 655/00-R
Fecha: 04-Jul-2000
2.
2. Que, ante el fallo dictado por el Sumariante, el Director Departamental de Educación de Chuquisaca presenta apelación indicando que existen razones por las que considera que el recurrente, “debe ser pasible de Responsabilidad Administrativa por haber infringido el art. 58-a) d) y e) del Reglamento Interno que rige a la Institución”.