Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 655/00-R
Fecha: 04-Jul-2000
3.
3. Que, siendo elevado el Recurso ante el Tribunal Disciplinario de Apelación del SEDUCA Chuquisaca, éste dicta Resolución el 12 de abril de 2000, sin confirmar, revocar, modificar o anular expresamente el fallo dictado por el Sumariante, conforme al art. 28 del D.S. Nº 23318-A, establece en su parte resolutiva la existencia de “cargos de culpabilidad administrativa” (sic) del recurrente, por haber infringido el art. 58 inc. a), d) y e) del Reglamento Interno que rige a la Institución, imponiéndole la sanción prevista en el art. 65-b) del mismo Reglamento, consistente en la suspensión de 30 días sin remuneración. Asimismo se dispone la remisión de obrados ante el Ministerio Público.