SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 689/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 689/00-R

Fecha: 17-Jul-2000

1.

1.  Que, el recurrente fundamenta su demanda en vicios procesales dentro de un proceso sumario de nulidad de adjudicación municipal, reconocimiento de mejor derecho y reivindicación, seguido contra la Alcaldía Municipal de Trinidad y su persona señalando: a) Que, no se citó al Ministerio Público siendo la Alcaldía una entidad estatal; b) Que, el Juez asumió competencia, sin estar facultado por Ley; c) Que en contravención al art. 514 del Código de Procedimiento Civil, libró un mandamiento de desapoderamiento, no obstante que en la sentencia no se indica que se entregue el bien y d) Que, el Juez le exige que pague las costas procesales, ya que la Alcaldía al ser la demandada principal, lo es también para el pago.