SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 692/2000 - R
Fecha: 14-Jul-2000
1.
1. Por memorial de fs. 427 el recurrente manifiesta que en el Juzgado Quinto de Partido en lo Civil se encuentra radicado irregularmente un ilegal proceso de quiebra que sigue el Banco Industrial S.A. (BISA S.A.) contra la Empresa Boliviana de Bebidas y Alimentos S.A. (EBBA S.A.) en el que se menciona como representantes legales de la industria demandada, a su mandante Sergio Armando Gonzáles Bugueño y Bernabé Terceros Peralta. Que el Juez que conoce la causa, sin mayores elementos de convicción admitió ilegalmente la demanda y ordenó la detención preventiva de su poder conferente sin ser éste representante legal de la empresa demandada, cometiendo un acto de procesamiento y persecución indebida, lo que hace procedente el Recurso de Hábeas Corpus en los términos del art. 18 de la Constitución Política del Estado.
1. Que en el Juzgado Quinto de Partido en lo Civil se radicó un proceso de quiebra planteado por el Banco (BISA S.A.) antes Banco Industrial S.A. BISA contra la Empresa Boliviana de Bebidas y Alimentos S.A. (EBBA S.A.) en el que el Juez de la causa en auto de 6 de junio de 2000 (fs. 6 a 9) admite la demanda y ordena la detención preventiva del representante Sergio Armando Gonzáles Bugueño, ahora recurrente, de conformidad con el art. 1546 parágrafo segundo del Código de Comercio.