Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 692/2000 - R
Fecha: 14-Jul-2000
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que, el recurrente al estar procesado dentro de la demanda de quiebra planteada por el Banco BISA S.A. en la que el Juez de la causa dispuso su detención en el marco legal del Código de Comercio, no puede alegar impersonería a través del Recurso de Hábeas Corpus y con ello pretender sustentar la ilegalidad de la detención, ya que este extremo (el de la impersonería) corresponde ser definido por el Juez en el proceso en trámite y no por este Tribunal de Garantías.