Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 730/2000-R
Fecha: 27-Jul-2000
4.
4. Que por Orden de Destinos N° 001 de 4 de enero de 2000, el recurrente fue destinado a la reserva activa, a raíz de lo cual inició una serie de reclamos ante las instancias pertinentes buscando únicamente la reconsideración de esta determinación, -no los presuntos actos ilegales precedentemente aludidos-, reclamo que fue rechazado en todas las reparticiones correspondientes.