Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 730/2000-R
Fecha: 27-Jul-2000
8.
8. Que, mediante el presente Amparo Constitucional, el recurrente impetra: a) su ascenso a General de Fuerza o a los cargos que alternativamente le corresponden, b) se deje sin efecto las designaciones que impugna como ilegales, así como la Orden de Destinos que lo pasó a la reserva activa c) se deje sin efecto la Resolución que resuelve el Recurso de apelación interpuesto de su parte, d) disponer la adecuación de las convocatorias a ascensos y designación de cargos en el Alto Mando, a lo dispuesto por Ley.