Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 739/00-R
Fecha: 31-Jul-2000
2.
2. Que, los recurrentes acompañan fotocopia legalizada de la notificación que recibieron el 17 de abril de 2000, mediante la cual se les instruía retirar los postes que habrían colocado en la delimitación de sus terrenos y presentar la documentación legal que los amparaba, ante lo cual simplemente presentaron un memorial pidiendo el “respeto al derecho de propiedad”, sin presentar ningún Recurso posterior y menos acudir a la vía judicial ordinaria.