SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 807/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 807/00-R

Fecha: 31-Ago-2000

1.

1.  Que, la recurrente fundamenta su Recurso en los siguientes hechos: 1) Acusa la infracción del art. 266 del Código de Procedimiento Penal, ya que el Auto Inicial dentro del injusto juicio penal que se le sigue se dictó de manera ilegal, sin ninguna fundamentación y a requerimiento de una Fiscal de Materia; 2) Que, dicho Auto Inicial se origina en una resolución judicial; 3) Que, las excusas de todos los Vocales y del “Conjuez Francisco Pérez” (fs.70 vta.), son ilegales sin prueba ni causal alguna conforme lo requiere el art. 163 del Código de Procedimiento Penal, así como también la no excusa del Conjuez Laredo. Consecuentemente, recurre por creer estar indebidamente procesada y por haberse emitido el mandamiento de detención formal en su contra.