Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 844/00-R
Fecha: 07-Sep-2000
3.
3. Que, no existe ninguna evidencia que las autoridades de Migración de Sucre como la autoridad recurrida en La Paz, hubieran comunicado de la detención a ningún Juez, habiéndose mantenido dicha situación hasta la realización de la audiencia del Recurso. Asimismo, no se ha desvirtuado ni negado que los detenidos hubieran estado incomunicados incluso con su abogado defensor.