Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 845/00-R
Fecha: 07-Sep-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Sentencia venida en revisión corriente de fs. 83 a 84 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz el 2 de agosto de 2000.