Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 853/2000 - R
Fecha: 13-Sep-2000
3.
3. A fojas 18 y 19 corre la Resolución No. 175/2000 de 23 de agosto de 2000, que declara improcedente el Recurso con el fundamento de que no existe denuncia alguna contra el recurrente, y tampoco procesamiento indebido porque el asunto se encuentra en la fase investigativa, sin que se haya instaurado aún el proceso.