SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 872/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 872/00-R

Fecha: 21-Sep-2000

1.

1.  Efectuada la audiencia en 29 de agosto de 2000, según consta en el acta de fs. 23-24, el abogado de la recurrente ausente, ratifica in extenso su demanda, señalando que aquella tiene  su domicilio establecido en la ciudad de La Paz y que luego de ser detenida  en un mercado de El Alto, fue  trasladada a  las dependencias del Organismo de Tránsito de Oruro donde existían diligencias de Policía Técnica Judicial sobre estafa, lo que causó extrañeza en la recurrente por cuanto dichas Diligencias competen a la Policía Técnica Judicial y sobre la base de esos mismos documentos tramitan un otro mandamiento sorprendiendo la buena fe de la Jueza, quien al expedir el ilegal mandamiento no cumplió con las formalidades exigidas por ley, pese a que el art. 91 del Código de Procedimiento Penal es claro vulnerado así los derechos constitucionales de la recurrente, por lo que solicita se declare procedente el Recurso.