Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 001/2002
Fecha: 09-Ene-2001
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120-6ª de la Constitución Política del Estado, 79 y siguientes de la Ley N° 1836, declara INFUNDADO el recurso directo de nulidad de fs. 281 a 284 intentado por Jesús Alberto Pizarro Mendoza, Director Ejecutivo del Servicio de Encauzamiento de Aguas del Río “Piraí” (SEARPI), con costas y una multa de Bs. 1.000, que el recurrente deberá depositar a la orden del Tesoro Judicial al tercero día de su notificación con la presente Sentencia, debiendo remitir a este Tribunal el comprobante original correspondiente.