SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 018/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 018/01-R

Fecha: 15-Ene-2001

4.

4.     El demandado realiza un depósito judicial por Bs. 200.- y una oferta de pago por Bs. 100.- mensual, en 29 de noviembre de 2000 (fs. 29 del expediente original, fs. 1); y, en 7 de diciembre del mismo año, efectúa otro depósito por Bs. 1.600.- .Al no haberse cancelado el monto total adeudado, se expide por la autoridad recurrida, el correspondiente mandamiento de apremio.