Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 025/01 - R
Fecha: 16-Ene-2001
3.
3. De fs. 21 a 23 corre la Resolución Nº 18/2000 de 1 de diciembre de 2000, que declara improcedente el Recurso, con el fundamento de que no se ha probado la detención indebida, pues esa medida cautelar ha sido “dispuesta por autoridad competente en pleno uso de sus facultades otorgadas por el Código de Procedimiento Penal y dentro del término previsto por Ley”