SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 028/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 028/01 - R

Fecha: 16-Ene-2001

2.

2.  De fojas 9 a 10 sale el acta de la audiencia pública realizada el 12 de diciembre de 2000, en la que el Fiscal recurrido informa: a) Que este caso se origina en la denuncia de varios atracos en el servicio de transporte público, habiéndose detenido a 7 menores de edad, entre ellos al hijo de la recurrente; b) Que una vez aprehendidos  fueron remitidos al Juez Cautelar, quien dispuso su detención preventiva; c) Que se ha determinado la participación activa de los imputados  en el atraco  a uno de los  conductores, lo que consta en las diligencias de Policía Judicial que han sido realizadas en el término de Ley, sin que se haya violado ningún derecho de los sindicados; d) Que  el representado de la recurrente fue señalado por uno de los autores del hecho, como co - partícipe, en virtud de lo que fue detenido el 26 de noviembre entre horas 19 y 19:30, inmediatamente después de haberse efectuado el operativo para impedir la venta del vehículo robado. Por lo expresado, pide se declare improcedente el Recurso.

2)   Que el 29 de noviembre  el Juez Cautelar dictó la Resolución Nº 075/2000 (fs. 7-8) por la cual dispuso la detención preventiva de  los implicados en los aludidos  hechos delictivos, hasta la conclusión de   las diligencias de Policía Judicial. En la misma audiencia de medidas cautelares interpusieron apelación los abogados de los imputados, siéndoles concedida por la autoridad judicial.