SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 034/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 034/2001-R

Fecha: 17-Ene-2001

4)

4)    Que, en cumplimiento de la referida Circular se anulan obrados y la  Jueza recurrida dicta Auto de Apertura de Proceso a citación directa el  14 de octubre de 2000, contra los recurrentes, por la comisión de los delitos previstos en los arts. 153 y 179 del Código Penal, notificándose con el mismo a las partes en 17 de octubre.