SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 052/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 052/01-R

Fecha: 22-Ene-2001

3.

3.   A la conclusión de la audiencia la Jueza de Hábeas Corpus, dicta Sentencia a fs. 19-21, declarando procedente el Recurso con el fundamento de que el tiempo de detención del recurrente es de 17 días, sin que éste pueda asumir su defensa conforme a Ley y que no puede considerarse como óbice el hecho de que la Ley franquea otros recursos, si se demuestra que se han vulnerado las garantías constitucionales, ya que el hecho de que no se señale un tiempo para la conclusión de diligencias de Policía Judicial, no significa que éstas tengan un carácter indefinido y priven el derecho a la defensa y la libertad.