SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 054/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 054/01-R

Fecha: 22-Ene-2001

2.

2.     La autoridad recurrida, informa que ingresado el expediente seguido por Luis Pari contra Pedro Aguilar Choque y otro, con las diligencias de Policía Judicial y la resolución del Juez Cautelar por la que disponía la detención del hijo del recurrente, se limitó a recibir la indagatoria en la que se respetó su derecho al silencio que invocó, y que cumplió lo determinado por el Juez de Garantías respecto a la detención. Señala que sus actos no están viciados de nulidad por determinación del art. 33 del Código de Procedimiento Penal lo que quiere decir que el imputado tiene el derecho de interponer los recursos pertinentes ante el órgano jurisdiccional, por lo que solicita se declare improcedente el Recurso de Hábeas Corpus en vista de que la detención del hijo del recurrente fue ordenada  de acuerdo con el art. 233 del nuevo Código de Procedimiento Penal.