SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 06/01-R
Fecha: 05-Ene-2001
Fragmento 3
A fs. 16 cursa el acta de audiencia pública realizada el 30 de noviembre de 2000, en la que el recurrente ratificó los términos de su demanda, complementando dijo que los recurridos no tienen personería como tampoco la OTB que mencionan, y que la orden de éstos atenta contra el derecho propietario. A su turno la co-recurrida manifestó que, como representante de la OTB “Colquiri Norte” y de la Cooperativa, está en la obligación de proteger a sus asociados ya que en el presente caso la firma ni la cédula del anterior propietario coinciden con los testimonios originales, hecho denunciado a la Casa Comunal, lo que no constituye violación de derechos ni garantías del recurrente, solicitó se declare Improcedente el Recurso.