Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 11/01-R
Fecha: 10-Ene-2001
3.
3. A la conclusión de la audiencia el Tribunal de Amparo, en virtud de los antecedentes expuestos, dicta Sentencia a fs. 25-26, declarando improcedente el Recurso con el fundamento de que existe un proceso de investigación debido a la denuncia sentada en contra del imputado y que a pesar del tiempo transcurrido no se ha iniciado la acción correspondiente, debiendo ser remitidos los actuados al Tribunal llamado por Ley para su juzgamiento.