AUTO CONSTITUCIONAL Nº 370/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 370/2001-CA

Fecha: 11-Oct-2001

en ejecución de sentencia

Que, de la revisión del expediente, es posible verificar que la solicitud para que se promueva el presente Recurso ha sido planteada por Luis Virreira B.  en ejecución de sentencia  en el proceso ejecutivo instaurado por el Banco Industrial y Ganadero del Beni S.A. contra la Empresa Boliviana Textil S.R.L.

          Que, por lo precedentemente relacionado, no se da la situación prevista por el art. 61 de la Ley del Tribunal Constitucional, por lo que la solicitud para promover  el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucional carece de contenido jurídico constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.