Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 400/2001- CA
Fecha: 25-Oct-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31.1) concordante con el art. 82.III ambos de la Ley Nº 1836, RECHAZA el Recurso interpuesto por Luis Valerio Villegas Paz en representación de la Agencia Despachante de Aduana “Fernández SRL” de fs. 33-34 del expediente.