Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1063/01-R
Fecha: 04-Oct-2001
4.
4. Que ante el requerimiento formulado del Ministerio Público a los jueces recurridos para que se dé cumplimiento a la línea jurisprudencial adoptada por el Tribunal Constitucional, el Tribunal Segundo Liquidador de Sustancias Controladas, por Auto de 4 de septiembre de 2001 dispuso la detención preventiva de los imputados cumpliendo con las formalidades establecidas por el art. 236 de la Ley Nº 1970, ordenando se libre mandamientos de detención preventiva. (fs. 27-28).