SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1063/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1063/01-R

Fecha: 04-Oct-2001

improcedente

Que acto seguido la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz dictó resolución declarando improcedente el Recurso con los siguientes fundamentos: a) que al disponerse la ratificación a lo ordenado por el Juez Cautelar no se libró nuevo mandamiento debido a que ya se encontraba librado; b) que el mandamiento de detención formal no pertenece al sistema acusatorio; c) que en el nuevo Código de Procedimiento Penal se habla solamente de detención preventiva, que es lo que se ha determinado en este caso, de tal manera que al existir los elementos que determinan y hacen viable la detención preventiva hace procedente la detención en que se encuentran los recurrentes; y d) que la causa está en los Tribunales ordinarios que pueden ser objeto de los recursos de apelación y no así el Recurso de Hábeas Corpus que viene siendo utilizado de manera indiscriminada, además que ya se ha dictado un Auto de detención preventiva, con lo que estarían subsanadas las observaciones o las deficiencias que haya podido tener el proceso.