SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1110/01-R
Fecha: 19-Oct-2001
1.
1. Efectuada la audiencia pública el 04 de septiembre de 2001, tal como consta en el acta de fs. 49 a 51 de obrados, el abogado del recurrente se ratifica en el contenido íntegro de su demanda y la amplía al manifestar que: a) se han vulnerado los arts. 16 y 21 de la Constitución Política del Estado y que cualquier norma procedimental tiene que estar en concordancia con los preceptos constitucionales; b) el art. 517 del Código de Procedimiento Civil debe ser desterrado por los que administran justicia por estar subalternizando la aplicación de los arts. 16, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado, por cuanto si una resolución judicial es objeto del recurso de apelación no puede ejecutarse la misma mientras el tribunal superior no la resuelva; c) el art. 21 de la Constitución Política del Estado no faculta el allanamiento de inmuebles o viviendas excepto cuando hay delitos que no es el caso presente por ser una cuestión civil, lo que evidencia que el ingreso al domicilio de su patrocinado fue ilegal, porque el mandamiento expedido no ordena el secuestro, robo ni incautación de los enseres existentes.