Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 445/2001-CA
Fecha: 14-Nov-2001
carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional
Que, en el caso de autos, Hugo Salvatierra Oporto en representación de Arnoldo Ocampo Young solicita se promueva el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad en un otrosí del memorial referido a otro asunto, cuyo petitorio es impreciso y falto de claridad, consecuentemente no cumple los requisitos comunes de procedimiento establecidos por el art. 30 de la Ley Nº 1836, ni los establecidos en el art. 60 de la referida Ley, haciendo que el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.