AUTO CONSTITUCIONAL Nº 460/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 460/2001-CA

Fecha: 19-Nov-2001

carezcan en absoluto de contenido jurídico constitucional

Que,  en consecuencia,  al haber sido interpuestas las similares  solicitudes de fs. 64-65 y 75-76 del expediente, sin observar lo dispuesto por el art. 61 de la Ley del Tribunal Constitucional referido a la oportunidad en la que debe ser presentada, haciendo que las solicitudes de que se promueva el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad, carezcan en absoluto de contenido jurídico constitucional que justifique su consideración en el fondo.