Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 461/2001-CA
Fecha: 19-Nov-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 31-1) de la Ley Nº 1836, RECHAZA la consulta planteada por Ramón Justino Daza Rivero, José Manuel Luis Baptista Morales y Alvaro Enrique Padilla Omiste, Viceministro de Educación Superior, Ciencias y Tecnología del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, Intendente de Recursos Jerárquicos de la Superintendencia de Servicio Civil y Director General de Ciencias y Tecnología del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, respectivamente.