Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 474/2001-CA
Fecha: 20-Nov-2001
rechazan el incidente
Que, el Presidente y Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por Auto de 7 de noviembre de 2001, rechazan el incidente con los fundamentos de que los peticionantes no han dado cumplimiento a los requisitos de admisión; la inexistencia de proceso judicial o administrativo y la inexistencia de parte, demandante o demandado, Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la citada Ley Nº 1836, es elevada en consulta ante este Tribunal.