Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 485/2001-CA
Fecha: 29-Nov-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33 parágrafo I inciso 2) de la Ley Nº 1836, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 5 de noviembre de 2001 pronunciada por el Juez Tercero de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, Marcelo Barrientos Díaz, cursante a fs. 24 del expediente.