Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Que si bien, el Recurso de Hábeas Corpus no requiere para su presentación de mayores formalidades, sin embargo, la determinación del Tribunal o Juez de Hábeas Corpus debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto ha sido violado o está amenazado
Fecha: 28-Nov-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del los arts. 18.III, 120 7ª de la Constitución Política del Estado 7.8) y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución cursante a fs. 19, pronunciada el 27 de octubre de 2001 por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni.