Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1164/01-R
Fecha: 12-Nov-2001
y no formalismos procesales claramente dilatorios, por insustanciales
Por lo que, de acuerdo a lo precedente, el Tribunal no puede amparar estos actos de desobediencia, menos aún el uso irracional de los recursos constitucionales, puesto que el Hábeas Corpus tutela el derecho a la libertad y no formalismos procesales claramente dilatorios, por insustanciales como los esgrimidos por el recurrente.
- Vistos:
- Considerando:
- procedente
- pues los actos procesales son válidos en la medida en que cumplen adecuadamente la finalidad que conllevan sin lesionar derecho fundamental alguno
- y no formalismos procesales claramente dilatorios, por insustanciales
- sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión.