SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1182/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1182/01-R

Fecha: 14-Nov-2001

3.

3.   La Resolución Nº 42/01 de 15 de septiembre de 2001 (fs. 39 y 40), declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1) no se ha negado el derecho de defensa del recurrente “por cuanto inclusive después de cerrado el período de la Instrucción, el Juez ha tenido la tolerancia suficiente para todavía recibir prueba testifical de su parte”;  2) el Auto Final de la Instrucción puede ser impugnado de acuerdo al “procedimiento penal viejo” (sic); 3) el Juez Liquidador Segundo de Instrucción en lo Penal no ha vulnerado el derecho consagrado en el art. 16 de  la Constitución  Política del Estado.

3)  En 11 de septiembre (fs. 30 y 31), se dictó  el Auto Final de la Instrucción, determinando el procesamiento del ahora recurrente. El Certificado de 15 de septiembre (fs. 19), suscrito por el Jefe de Control Disciplinario y Servicios Judiciales del Consejo Distrital de la Judicatura, expresa que el 11 de septiembre aproximadamente a horas 14:30 se pudo constatar que el referido proceso se encontraba con Auto Final de la Instrucción.