SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1204/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
CONSIDERANDO:
1) De acuerdo a lo manifestado por la recurrida -no desvirtuado por el recurrente- dentro del proceso de divorcio seguido por Barbarita Navarro contra Javier Terceros García, se estableció como medida provisional la obligación de pago de asistencia familiar de Bs. 600.- a cargo del demandado. En el Acuerdo Transaccional presentado en el mencionado proceso, el indicado se obligó a cancelar dicha suma (fs. 7).
CONSIDERANDO: Que el Hábeas Corpus ha sido instituido como un Recurso extraordinario que tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos, demandando se guarden las formalidades legales.