SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1227/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1227/01-R

Fecha: 20-Nov-2001

1.

1.   Efectuada la audiencia pública el 1 de octubre de 2001, tal como consta en el acta de fs. 582 de obrados, el  abogado del recurrente se ratifica en el contenido íntegro de su demanda agregando que la negativa de devolución del dinero que depositó en forma voluntaria en resguardo de su dignidad y de su familia, por parte de los recurridos constituye un acto ilegal e inconstitucional  por el que se lo condena al pago de daños civiles sin que exista sentencia condenatoria, en contravención del art. 16 de la Constitución Política del Estado.