SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1259/01-R
Fecha: 28-Nov-2001
a)
Por su parte, la Jueza demandada informó: a) que los apoderados legales de los demandantes con poder suficiente interpusieron la demanda interdicta de recobrar la posesión contra los recurrentes, admitiendo la misma abrió término probatorio. En dicho periodo las partes ofrecieron prueba. Así los recurrentes presentaron interrogatorio para la confesión provocada fuera del plazo legal, por lo que rechazó el mismo, a cuya consecuencia los recurrentes solicitaron nulidad y reposición de obrados hasta el estado de la demanda, bajo alternativa de apelación, solicitud que también rechazó encontrándose actualmente en trámite la apelación; b) que dentro del proceso se llamó a conciliación sin ningún resultado y el 13 de agosto de 2001 dictó sentencia. Aclaró que según los datos del proceso “la eyección” se produjo el 5 de mayo de 2000 y la demanda fue interpuesta el 27 de abril de 2001.