SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1261/01-R
Fecha: 28-Nov-2001
No consta en obrados la otorgación de Poder a los ahora recurrentes para que interpongan el presente Amparo en representación de la Unión de Cañeros.
4. Que el 6 de septiembre de 2001 se posesionó a la directiva de la Unión de Cañeros de Bermejo “UCAB..S.A.” la cual está integrada por: Mario Areco Presidente -recurrente-; Alfredo Salazar, 1er Vicepresidente; Santiago Vidaurre, 2do. Vicepresidente; Oscar Jacacho, Secretario General y Roberto Mérida, Vocal (fs. 637). No consta en obrados la otorgación de Poder a los ahora recurrentes para que interpongan el presente Amparo en representación de la Unión de Cañeros.
5. Que el co-recurrente Francisco Farfán Ruiz, juntamente con otros accionistas que no son parte del presente Recurso iniciaron el 27 de diciembre de 2000 un proceso voluntario de rendición de cuentas y entrega de documentos y acciones contra Imar Cacota Gareca, Humberto Velásquez Molina y los ahora recurridos. Proceso que se convirtió en contencioso por Auto de 18 de junio de 2001 y que actualmente se encuentra en trámite (fs. 849-909).
6. Que el 5 y el 20 de abril de 2001, Camilo Faviani Gareca en representación de los trabajadores de Industrias Agrícolas de Bermejo Sociedad Anónima (IAB.S.A) interpone demanda ordinaria de nulidad y anulabilidad de la transferencia de acciones de la Serie “B” a la Unión de Cañeros. La primera demanda contra varios trabajadores que no son parte del Recurso y la segunda contra el co-recurrente Francisco Farfán y otras treinta y dos personas que tampoco son parte del Recurso (fs. 1062 -1071). Estos procesos se encuentran en trámite habiéndose formulado desistimiento contra algunos de los demandados.