Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1264/01-R
Fecha: 27-Nov-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7-8), 94 y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA EN PARTE la Resolución revisada y declara PROCEDENTE el Recurso respecto a Orlando Tapia Sandi, Dionisio Quispe y Walter Arízaga Cervantes e IMPROCEDENTE únicamente con relación a Jaime Robles Miranda.