SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1274/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1274/01-R

Fecha: 04-Dic-2001

IMPROCEDENTE

Que, concluyendo con la audiencia pública de acuerdo con la opinión fiscal, el Tribunal del Recurso declaró IMPROCEDENTE fundamentando: 1) Que el Tribunal del Amparo es de puro derecho y no puede ingresar a considerar la prueba y su valoración; 2) Que si bien la inasistencia de uno de los procesados importa la nulidad establecida en el art. 297-10) del Código de Procedimiento Penal, por principio universal una sentencia que favorece a quien ha causado perjuicio por esa infracción no es procedente; 3) Que en cuanto a la calificación de otro delito está respaldada por el art. 242-5) del referido Código y 4) Que el recurrente puede pedir la Revisión Extraordinaria de Sentencia de conformidad al art. 309 del citado Código.