Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1275/01-R
Fecha: 05-Dic-2001
PROCEDENTE
3. La Resolución que sale a fs. 154 a 158, declara PROCEDENTE el Recurso con el fundamento de que la autoridad recurrida vulneró los arts. 7-d) y j) y 16 de la Constitución Política del Estado al privarse a la recurrente del acceso a un debido proceso, habiendo sido sancionada sin ser oída en juicio.