SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1278/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1278/01-R

Fecha: 07-Dic-2001

2.

2.   Por su parte el recurrido en su informe señala los siguientes aspectos: 1) que en su condición de Jefe de la Policía Técnica Judicial cumple funciones administrativas y de orientación,  y que el caso de referencia se encuentra a cargo del oficial asignado y del Fiscal como Director de las investigaciones, las que se han iniciado el 9 de septiembre a denuncia de Genaro Quispe ante la inexistencia de Policía en la localidad de  Sombra Pata,  por lo que al no poder eludir la investigación se  procedió al levantamiento de las diligencias de Policía Judicial; 2) los recurrentes han sido sindicados conjuntamente  con otras personas como sospechosos de la muerte de Norberto Quispe por lo cual fueron citados en dos oportunidades, la primera en septiembre para recibirles sus declaraciones  informativas, siendo requeridos nuevamente en octubre para recibirles sus ampliatorias ante la contradicción existente con la declaración de un testigo que afirmó haberlos visto en el cuarto del occiso la noche en que ocurrió el hecho, además de haberse establecido que los recurrentes realizaron una quema en honor a la Pachamama  aspectos que se están investigando; 3)  no se ha actuado en forma arbitraria y estando en la etapa de la investigación preliminar  dirigida por el Fiscal  se están acumulando elementos de juicio para averiguar la verdad por lo que se trasladarán a dicha localidad.