SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1300/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1300/01-R

Fecha: 10-Dic-2001

1.

     Señala que en la gestión académica de 1990, el tercer curso discontinuo mediante nota dirigida al Director de la Carrera de Ciencias Políticas solicitó el cambio de varios catedráticos, nómina en la que se encontraba incluido, solicitud que derivó en un sumario informativo que concluyó con el informe en conclusiones del Tribunal Sumariante disponiendo en su caso el archivo de obrados por no existir suficientes indicios de culpabilidad, documento que fue aprobado en la Reunión de Consejo Facultativo de 29 de junio de 1993, cual consta en el Acta Nº 16/93. Sin embargo de ello, el Consejo Facultativo emitió la Resolución Facultativa Nº 59/93 de 29 de junio de 1993, que determinó la aplicación de la Resolución Nº 51 del V Congreso de Universidades y su exclusión, disponiéndose además, la remisión de los antecedentes ante el Consejo Universitario, resolución ilegal e indebida que desconoce una Resolución de Consejo ejecutoriada la que además fue emitida por una autoridad sin competencia, pues la única autoridad facultada para aplicar el Veto Universitario previsto por el art. 51 es el Consejo Universitario.

     Que, -según el recurrente-  siendo  nula de pleno derecho la citada Resolución Facultativa formuló reiterados reclamos ante el Consejo Universitario, instancia que dictó la Resolución Nº 138/97 de 10 de junio de 1997, disponiendo la restitución a su cátedra en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, la que no fue acatada por el Decano de ese entonces. Después de un año y en flagrante contradicción con la referida Resolución aparece el informe del Asesor Jurídico que induce al Consejo a aprobar la Resolución Nº 158/98 que deja sin efecto la Resolución Nº 138/97 y ratifica su destitución, esta Resolución al ratificar la Resolución Facultativa Nº 59/93 convalidó las irregularidades del inferior y vulneró sus derechos fundamentales previstos por los arts. 6, 7b, d), f), h), 8-.b), 16, 40-2), 156, 157 y 185 de la Constitución Política del Estado.

     Por lo expuesto interpone el presente Recurso pidiendo sea declarado procedente y, como consecuencia, se anule la Resolución de Consejo Nº 158/98 de 29 de julio de 1998 y la Resolución Facultativa Nº 059/93 de 29 de junio de 1993 restableciendo su derecho a la libertad de enseñar y ejercer la cátedra universitaria en la Universidad Mayor de “San Andrés” y en las demás universidades públicas del país.