SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1303/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1303/01-R

Fecha: 11-Dic-2001

1.

1.   En el memorial de fs. 35 a 36, presentado el 11 de octubre de 2001, los recurrentes expresan que fueron chóferes fundadores del Sindicato de Taxis y Minibuses “Tcnel. Rafael Pabón” afiliado a la Federación Regional de Choferes de “El Alto” y a la Federación de Choferes “1 de Mayo”. Posteriormente como miembros de base formularon denuncias de actos ilegales e inconducta sindical de los dirigentes. En represalia a su acción el 4 de junio de 2001 fueron suspendidos de sus trabajos y del Sindicato, determinación que apelaron ante el Tribunal de Honor de la Federación de Choferes, instancia que el 24 de junio de 2001 determinó su restitución a su fuente de trabajo, fallo que no fue acatado por los recurridos, quienes se niegan a cumplirlo, incurriendo en omisión indebida que vulnera los arts. 6-I, 7-d), 16-I y II) de la Constitución Política del Estado y arts. 303 y 304 de la Ley General del Trabajo.

1.   Que el 22 de junio de 2001, los directivos así como los miembros de base del Sindicato de Taxis Aeropuerto “Tcnl. Rafael Pabón”, afiliados a la Federación de la Ciudad de El Alto, reunidos en Asamblea General Ordinaria, Departamental de Chóferes “1 de Mayo” y Sub Federación de la Ciudad de El Alto, velando -dicen- por su dignidad, respeto y soberanía de su área de trabajo, resolvieron por unanimidad la expulsión ignominiosa de los recurrentes, por deslealtad, traición al Sindicato, actuaciones al margen y paralelas al Directorio democráticamente elegido, usurpación de funciones, utilización de documentos sustraídos del Sindicato, pésimo manejo económico y acciones lesivas en función de ex dirigentes (fs. 17).