SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1357/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1357/01-R

Fecha: 19-Dic-2001

Por su parte el recurrido informó

Por su parte el recurrido informó: 1) Que del cuaderno de investigación que le remitió la Dirección de Tránsito, se evidencia que el recurrente fue aprehendido por efectivos de Tránsito el 14 de noviembre de 2001, después de provocar un accidente y darse a la fuga; que el 16 del mismo mes y año las autoridades de Tránsito pasaron un informe al Fiscal de Materia con copia al Adjunto haciendo conocer que Alejandro Sandoval Montero se encuentra detenido por un hecho de tránsito, en consecuencia no se encuentra detenido por orden del Ministerio Público, sino del Director Provincial de Tránsito; 2) Que recibido el cuaderno de investigación con todas las pruebas, haciendo la imputación formal requirió al Juez Cautelar proceda a señalar audiencia para la medida cautelar que corresponda, considerando que el recurrente infringió el art. 261 y 282 del Código Penal, a cuyo efecto la citada autoridad señaló audiencia para el 22 de noviembre de 2001 a hrs. 9:00 y 3) Que, el Recurso debió plantearse contra el Director Provincial de Tránsito, dado que fueron los efectivos policiales quienes violaron el art. 227 de la Ley Nº 1970, ya que no informaron de la aprehensión dentro de las 8 horas, pues el Ministerio Público conoció de la detención después de 72 horas.