SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1360/01-R
Fecha: 20-Dic-2001
CONSIDERANDO:
4) El Juez puso en conocimiento del ejecutado el memorial por el que la adjudicataria solicitó se conmine al ejecutado a entregar el vehículo. El depositario, por escrito de 21 de agosto del presente año, indicó que el motorizado “no cursa en su poder”, porque fue secuestrado por su propietario, la empresa “Mopar”, que le transfirió el bien bajo la modalidad de venta con reserva de propiedad.
CONSIDERANDO: Que el Hábeas Corpus ha sido instituido como un Recurso Extraordinario que tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos, demandando se guarden las formalidades legales.