SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1363/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1363/01-R

Fecha: 18-Dic-2001

Procedente

La Resolución de fs. 57 a 58, declaró Procedente el Recurso con el argumento de que el art. 246 de la Ley N° 1970 no es aplicable al caso de autos, por lo que la negativa de expedir el Mandamiento de Libertad aludiendo esa norma constituye una demora injustificada, toda vez que el representado de la recurrente cumplió con la presentación del certificado en el que consta el arraigo y el gravamen de la línea telefónica, restándole únicamente suscribir el compromiso de presentación cada siete días.