SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1381/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1381/01-R

Fecha: 19-Dic-2001

2.

2.   Por su parte la Jueza  recurrida en su informe de rigor señala los siguientes aspectos: 1) el inmueble ubicado en la calle Bakovic de acuerdo a la partida inscrita en Derechos Reales era de propiedad de los esposos Mayorga con una extensión de 672 m2., el que es transferido a los esposos Cayoja conforme consta por la partida 170, y éstos su vez  transfieren 600 m2 a los esposos Iberguagua cuya partida está signada con el Nº 257, quedándoles a su favor el saldo de 72 m2.; 2) la partida de la superficie de esos 72 m2.  se halla gravada por la partida  Nº 39 del Libro de Anotaciones Preventivas  de 1997 en favor de la Renta, existiendo otras dos anotaciones preventivas en el libro correspondiente a los años 1999 y 2001 en  favor de la misma entidad dentro de un trámite de cobranza coactiva contra Máximo Cayoja por Bs91.606.- lo que demuestra que los esposos Cayoja son propietarios del inmueble de 72 m2 de extensión; 3) en el proceso de rectificación el Juez dispone se rectifiquen las diferentes partidas relativas a las tres transferencias efectuadas  e inscripción de la partida última Nº 151/95 previa complementación de esa resolución  por la cual se transferirán los 72 m2. a favor de la recurrente, resolución que se ve  imposibilitada de cumplir porque la partida a rectificarse corresponde a la propiedad de los esposos Cayoja y tiene tres anotaciones preventivas en favor de la Renta, razón por la oportunamente elevó representación ante el Juez que la ordenó; 4) la recurrente debió cumplir con lo dispuesto en la sentencia  de 1998 ya que a la fecha no ha presentado  a Derechos Reales la escritura Nº 151/95 que pretende inscribir debidamente complementada como tampoco ha complementado la escritura Nº 348/90, circunstancias por las que se halla impedida de rectificar la partida señalada en tanto la recurrente  no cumpla expresamente lo dispuesto en sentencia.