Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 102/01-R
Fecha: 05-Feb-2001
1.
1. Efectuada la audiencia en 9 de diciembre de 2000, el abogado de la recurrente a tiempo de ratificar la demanda, amplía su fundamentación señalando que la excepción de prescripción puede oponerse en cualquier estado de la causa y aún en ejecución de sentencia como indica el art. 1497 del Código Civil, razón por la que interpone el presente Recurso, pidiendo se deje sin efecto la resolución N° 242/2000.